Trabajar como autónomo requiere cierto conocimiento de la burocracia del país, en este caso Portugal. En España los trabajadores por cuenta propia (en vez de ajena) son conocidos como autónomos. Sin embargo, en Portugal existen dos figuras diferentes:
- Trabalhador independente: trabajador independiente (también se conoce como Recibos Verdes que es la manera de hacer las facturas y llevar la contabilidad)
- Empresário em nome individual: empresario en nombre individual o empresa individual
A continuación, vamos a ver las ventajas e inconvenientes de cada figura administrativa, pero ya te adelanto que, si sólo vas a prestar servicios, puedes iniciar tu negocio como trabajador independiente. Sin embargo, si también tienes la intención de vender productos (bienes materiales), deberás empezar como empresario en nombre individual.
Además, otra gran diferencia entre el régimen de trabajador independiente y la creación de una empresa unipersonal es el tipo de declaración que presentará a Hacienda cada año. En el primer caso, será la Hacienda Pública, con el anexo B o C, mientras que en el caso de la creación de una empresa, presentará el IRC.
Trabalhador independente
Un trabajador independiente es alguien que no tiene una relación laboral o contractual con una empresa o un cliente con el que trabaja, y también se le llama autónomo. Es autónomo en el ejercicio de su actividad, que consiste en la prestación de servicios y se encuadra en el cuadro de actividades del Código del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (CIRS). Debe emitir un recibo a la empresa a la que presta un determinado servicio.
Ventajas
- Puesta en marcha rápida y sencilla, sin costes asociados (no hay capital social mínimo)
- Menos obligaciones fiscales ya que podemos optar por el régimen simplificado del IRPF si tenemos menos de 200 mil euros de ingresos anuales
- Exención del IVA para importes globales de ingresos inferiores a 12.500 euros al año, por lo que no es necesario cobrar el IVA a las empresas a las que presta servicios
- Independientemente del importe facturado, varios profesionales están exentos de pagar el IVA, como los médicos, los psicólogos, los artistas, los prestadores de servicios vinculados a la seguridad y la asistencia social, entre varios otros
- Exención del pago de las cuotas de la Seguridad Social en el primer año de actividad; y también si es pensionista, si no tiene ingresos en el año anterior o si sus ingresos dan lugar a una cuota mensual inferior a 20 euros; también puede tener derecho a la exención si también es asalariado.Después de este periodo, hay que presentar una declaración trimestral ante esta entidad con el total de los ingresos obtenidos en ese trimestre, y la cantidad a pagar por la Seguridad Social varía entre el 21,4% y el 70% del total de los ingresos. Si sus ingresos varían de un trimestre a otro, la cantidad que tiene que pagar a la Seguridad Social también será diferente.
- Ayudas sociales, como el subsidio de desempleo (para los trabajadores en los que el 50% o más de sus ingresos proceden de un único empleador)
Desventajas
- Casi siempre se utiliza el régimen simplificado, que supone una tributación fija sobre el 75% de los ingresos declarados; el 25% restante se asume como gastos, independientemente de los gastos reales. Si tenemos más del 25% de gastos quizás no nos compense el régimen simplificado y, por tanto, no nos compense ser trabajador independienteVamos, que el impuesto a pagar a las autoridades fiscales se calcula sobre el total de los ingresos, independientemente de la cantidad de gastos reales que tengas.
Más características
También tendremos retenciones que adelantan el importe que deberíamos pagar a final de año en la declaración de la renta. Las retenciones tienen diferentes tipos, el más alto es el 25%, pero puedes estar exento si tus ingresos del año anterior no superan los 12.500 euros. Además, este dinero lo podemos pagar nosotros de manera trimestral o nuestros pagadores si hacemos retención en origen.
Empresário em nome individual (ENI)
Un empresario individual es el único propietario de su empresa y, a diferencia de los autónomos, puede vender, además de servicios, bienes materiales (productos). Esta forma jurídica es la más adecuada para las pequeñas empresas, menos exigente desde el punto de vista de la inversión y con un bajo riesgo asociado, y es la forma más sencilla de crear una empresa.
Ventajas
- Permite la constitución de una empresa de forma simplificada, sin necesidad de un capital social mínimo
- Control absoluto del negocio y de la toma de decisiones
- Exención del pago de las cotizaciones a la Seguridad Social en el primer año de actividad
- Menores costes fiscales que otras empresas, ya que la tributación se realiza a través del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
- La exención del IVA para los ingresos globales inferiores a 12.500 euros al año, y la contabilidad organizada es obligatoria a partir de 200.000 euros
- Cuando la actividad es más compleja y la proporción de gastos en relación con los ingresos es superior al 25%, la contabilidad organizada es el régimen fiscal más ajustado en este caso, la base imponible se determina después de contabilizar los gastos reales realizados con el ejercicio de la actividad en cuestión.
- Pueden deducirse los gastos con materias primas, alimentos, equipos informáticos, viajes y alojamiento (en caso de adherirse a la contabilidad organizada)
- Ayudas sociales, como el subsidio de desempleo (tras dos años de descuentos y cese involuntario de la actividad)
- Posibilidad de utilizar los bienes vinculados a la actividad profesional que desarrollas para pagar deudas personales (siempre que respetes los requisitos legales para ello)
Desventajas
- El empresario tiene una responsabilidad ilimitada por las deudas de la empresa; es decir, todo su patrimonio (o a nombre del cónyuge, si está casado en régimen de gananciales)
- Tipo de cotización a la Seguridad Social superior al aplicado a los trabajadores autónomos
- La necesidad de suscribir un seguro profesional
Más características
- La tributación se realiza en forma de impuesto de sociedades
- El tipo del IRC se calcula sobre la base imponible, que corresponde al valor del beneficio imponible, menos los beneficios fiscales y las pérdidas fiscales deducibles, y puede ser del 21% o del 17% para las pequeñas y medianas empresas
- Es obligatorio definir un capital social (a partir de 1€), tener una cuenta bancaria de la empresa y un censor jurado de cuentas (COT)
- En cuanto a la Seguridad Social, el impuesto a pagar es el Impuesto Social Único (TSU): 23,75% + 11% del trabajador (en este caso el socio gestor)
- Si el socio gerente no es remunerado, es decir, no tiene un salario fijo, la empresa pagará la TSU correspondiente al IAS (índice de apoyo social)